Normas del Tribunal de Justicia de la UE: los juegos descargados se pueden revender
Los consumidores tienen derecho a revender juegos y software previamente comprados y descargados, incluso si existe un acuerdo de licencia de usuario final (EULA), dictaminó el Tribunal de Justicia de la UE. Echemos un vistazo más de cerca al veredicto.
El Tribunal de Justicia de la UE aprueba la reventa de juegos descargables
Principio de agotamiento de los derechos de autor y límites de los derechos de autor
Los consumidores pueden revender legalmente juegos y software descargables que hayan comprado y jugado previamente, dictaminó el Tribunal de Justicia de la UE. La decisión surge de una batalla legal en un tribunal alemán entre el distribuidor de software UsedSoft y el desarrollador Oracle.
El principio establecido por el tribunal es el agotamiento de los derechos de distribución (principio de agotamiento de los derechos de autor₁). Esto significa que los derechos de distribución se agotan cuando el titular de los derechos de autor vende una copia y concede al cliente el derecho a utilizar esa copia indefinidamente, permitiendo la reventa.
Esta decisión se aplica a los consumidores de los estados miembros de la UE y cubre los juegos disponibles a través de plataformas como Steam, GoG y Epic Games. El comprador original tiene derecho a vender la licencia del juego, permitiendo que otros (el "Comprador") descarguen el juego desde el sitio web del Editor.
La sentencia dice: “Un acuerdo de licencia otorga a un cliente el derecho a utilizar la copia indefinidamente, y el titular de los derechos agota sus derechos de distribución exclusivos vendiendo la copia al cliente... Por lo tanto, incluso si el acuerdo de licencia prohíbe más transferencia, el titular de los derechos ya no puede oponerse a la reventa de la copia ”
.En la práctica, esto podría verse así: el comprador original proporciona el código de la licencia del juego, cediendo el acceso en el momento de la venta/reventa. Sin embargo, la falta de un mercado claro o de un sistema comercial de este tipo introduce complejidades y quedan muchas preguntas por resolver.
Por ejemplo, la pregunta sobre cómo se realizan las transferencias de registro. Por ejemplo, una copia física seguirá registrada en la cuenta del propietario original.
(1) "La doctrina del agotamiento de los derechos de autor es una limitación del derecho general del titular de los derechos de autor a controlar la distribución de su obra. Una vez que se venden copias de una obra con el consentimiento del titular de los derechos de autor, ese derecho se se considera "agotada" "exclusiva", lo que significa que el comprador es libre de revender la copia y el propietario de los derechos no tiene derecho a oponerse." (a través de Lexology.com)
El revendedor no puede acceder ni jugar el juego después de la reventa
Los editores insertan cláusulas de no transferibilidad en los acuerdos de usuario, pero esta sentencia anula tales restricciones en los estados miembros de la UE. Si bien los consumidores obtuvieron el derecho a revender, la restricción era que la persona que vendía el juego digital no podía seguir jugando.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró: “El comprador original de una copia de un programa informático tangible o intangible que haya agotado los derechos de distribución del titular de los derechos de autor sobre ese programa informático debe descargarlo en su propia cuenta. computadora cuando se revende la copia no está disponible. Si continúa usándola, infringirá el derecho exclusivo del titular de los derechos de autor para reproducir su programa de computadora.
Permitir la copia necesaria para el uso del programaRespecto al derecho de reproducción, el tribunal aclaró que si bien el derecho de distribución exclusiva se ha agotado, el derecho de reproducción exclusiva aún existe, pero está "sujeto a la reproducción requerida para su uso por parte del adquirente legítimo". Las reglas también permiten la realización de copias para los fines necesarios para utilizar el programa, y ningún contrato puede impedirlo.
“En este caso, la respuesta del tribunal fue que cualquier comprador posterior de una copia, cuyos derechos de distribución del titular de los derechos de autor se han agotado, constituye un comprador legal. Puede, por lo tanto, descargarle la copia que se le vendió. por el primer comprador en una computadora dicha descarga debe considerarse como una copia del programa de computadora, que es necesaria para permitir que el nuevo comprador utilice el programa de acuerdo con el propósito previsto” (de la Ley de derechos de autor de la UE: Comentario (Propiedad intelectual de Elgar). Francés. reseña de la serie) segunda edición)
Restricciones en la venta de copias de seguridad
En particular, el tribunal dictaminó que las copias de seguridad no pueden revenderse. Los compradores legítimos no pueden revender copias de seguridad de programas informáticos.
“Un comprador legítimo de un programa informático no puede revender una copia de seguridad del programa”. Así lo establece la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso Aleksandrs Ranks & Jurijs Vasilevics v. Microsoft Corp.